LOUIS VUITTON GANA LA BATALLA SOBRE RICHEMONT Y SU DISEÑO ALHAMBRA DE VAN CLEEF & ARPELS
- Vianmarie Santana
- Mar 18
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La reciente decisión de la Corte de Casación francesa en el caso entre Louis Vuitton y Van Cleef & Arpels marca un hito en la protección de los diseños en la industria de la joyería de lujo. El 5 de marzo de 2025, la corte falló a favor de Louis Vuitton, rechazando la apelación presentada por Richemont International, propietario de Van Cleef & Arpels, en una disputa por competencia parasitaria.
La controversia se originó en 2017 cuando Richemont demandó a Louis Vuitton, alegando que la colección de joyería Color Blossom de Louis Vuitton, introducida en 2015, imitaba el emblemático diseño Alhambra de Van Cleef & Arpels. Richemont sostenía que el diseño de cuatro pétalos de Louis Vuitton, enmarcado en metal y con piedras semipreciosas, reflejaba el trébol de cuatro hojas de Alhambra, una colección con casi 60 años de historia.
Louis Vuitton, por su parte, argumentó que los motivos florales de cuatro pétalos son comunes en la industria de la joyería y que su uso en la colección Color Blossom no constituía una imitación del diseño Alhambra. La corte respaldó esta posición, destacando que el motivo floral de Louis Vuitton data de 1896 y que los elementos florales son habituales en los diseños de joyería.
La decisión de la corte refuerza los estrictos estándares para las reclamaciones de competencia parasitaria en Francia, limitando la posibilidad de monopolizar motivos comunes y protegiendo la evolución del diseño de las marcas y la expansión de productos. Este fallo subraya la importancia de la originalidad y la innovación en la industria de la joyería, al tiempo que reconoce la coexistencia de diseños similares cuando se basan en motivos ampliamente utilizados.
En conclusión, la resolución de este caso destaca la necesidad de equilibrar la protección de los diseños originales con la libertad creativa en la industria de la moda y la joyería. Mientras que la protección de la propiedad intelectual es esencial, también es crucial permitir la utilización de motivos comunes que forman parte del patrimonio cultural y artístico compartido. Este equilibrio fomenta un entorno donde la creatividad y la competencia saludable pueden prosperar sin restricciones legales innecesarias.
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